Arquitectos y Bolonia, se impone la cordura. Aprobada la OM



En el Consejo de Ministros de ayer, viernes 23 de Julio de 2010, ha sido aprobada finalmente la Orden Ministerial que complementa y sobre todo aclara y desarrolla en detalle el reciente Decreto y su Modificación posterior en el que se establecían las definiciones del título universitario de “Arquitecto” , si bien definitivamente el término ARQUITECTO ya no podrá ser utilizado en su acepción académica en ninguno de los títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión.

Finalmente la cordura se impone y algunos de los agentes que antes entorpecían el proceso han dejado paso a las posiciones mas sensatas y reclamadas por el sector tanto estudiantil como profesional de la Arquitectura.
Por otro lado el Ministerio en un gesto al que nos tiene acostumbrados en los últimos tiempos no sólo nos sorprende sino que una vez mas rectifica sus decisiones iniciales.
 
En adelante, según esta O.M. y con salvedad de las puntualizaciones que introduzcan los reglamentos o disposiciones menores que la desarrollen, el único título habilitante para ejercer la profesión de Arquitecto en España será el de “Master en Arquitectura por la Universidad XXX” al cual solo se puede llegar en único recorrido que pasa por la obtención previa del Título de Grado en Arquitectura NO habilitante para el ejercicio de la profesión, en 5 años con 300 créditos y Proyecto Final de Carrera.
El curso de Master se obtiene en un año mas y añade 60 creditos al recorrido del título que finalmente será por tanto de Master con 360 créditos y 5+1 años de estudios sin entradas intermedias que posibiliten la deformación del actual espacio de trabajo de la profesión de Arquitecto tal cual funciona en España. 
 
Quizás la fórmula 5+1 frente al reclamado 6+0 existente en la actualidad , sea el mal menor aceptable por las partes , frente a los que propuganaban el 4+2 con entrada intermedia al ejercicio profesional que facilitaba la aparición de subtítulos infraprofesionales que no iban a contribuir sino a modificar y desmontar el ámbito de actuación profesional de un título generalista que tiene características propias de diferenciación y personalidad frente a otros sectores cercanos como pueden ser las ingenierias o las profesiones auxiliares del sector construcción.
 
Sobre este aspecto concreto, se plantea ahora la duda de si aquellas Universidades que se apresuraron a ofrecer Grados de 4 años y Masters de 70 horas aprovechando la ola del Decreto incompleto y han admitido alumnos, van a dar marcha atrás o van a intentar plantear batalla para salvar sus intereses propiciando modificaciones o anexos a lo que hoy se ha aprobado.
Esa sería nuevamente una mala noticia que esperamos no llegue a producirse.
Deberán solucionar “su” problema con “sus” clientes (alumnos).
Precisar que esos grados de 4 años con la Orden Ministerial que comentamos en la mano, no habilitan para ejercer y los Masters que ofrecen…pues tampoco.
 
Como decimos en el título de este artículo, finalmente y sólo después de muy duras y sobre todo interminables negociaciones de los representantes profesionales y académicos personalizados en los Estamentos profesionales (CSCAE Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España ) , Representantes de los estudiantes de Arquitectura ( CREARQ Consejo de Representantes de Estudiantes de Arquitectura ) , Ministerios de Educación y Vivienda , así como las Escuelas de Arquitectura representadas por la organización de sus directores ( Conferencia de Directores de Escuelas de Arquitectura ) ha conseguido salir adelante esta Orden Ministerial que ha dejado por el camino muchos sinsabores , mucho malestar en la profesión y sobre todo gran desaliento en los que a dia de hoy estudian esta carrera y empezaban a ver un futuro mas que oscuro para ellos.
 
Es esta última Organización , la Conferencia de Directores de Escuelas , dejando al margen la cerrazón obsesiva contra la palabra ARQUITECTO del Ministerio, la que ha planteado mayores obstáculos y problemas al proceso, escenificados fundamentalmente por su Presidente el Director de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Barcelona ETSAB , D. Ferrán Sagarra i Trias.
 
Quedan muchas incógnitas sobre la mesa, como las acotaciones al ejercicio de la profesión que pueda plantear en otoño el desarrollo de la Nueva Ley de Desregulación de Servicios Profesionales que no pinta bien para las Organizaciones Colegiales por ejemplo, si se suman a la Ley Omnibus y otras andanadas similares ya en vigor.
O simplemente ver de que manera se materializa el que no sólo los Organismos de Certificación y Acreditación de la Administración Central , como la ANECA , sean los que tengan que verificar las definiciones en detalle de los Planes de Estudio, y sean las Comunidades Autónomas y otros Organismos los facultados por el decreto principal para ejercer estas funciones.
 
Seguramente no todos los nuevos profesionales consigan un nivel similar de conocimientos o de preparación debido a esto, pero lo que es seguro es que al margen de que nos quiten el nombre o nos regulen hasta el último acto profesional, vamos a seguir siendo profesionales vocacionales, comprometidos con la sociedad y útiles a ella , cada vez mas competentes a nivel internacional , como desde hace años viene ocurriendo ya.
 
Si eres Arquitecto…felicítate.
 
datos  >   Informe del Consejo de Estado sobre la denominación de Arquitecto para el título universitario de nuestra profesión.
Aunque el texto del  Decreto original, admitía de una forma explícita y bien clara que serian admisibles por razones justificables , denominaciones de títulos diferentes del criterio de denominación que con carácter general fija el propio texto del decreto, el Ministerio hizo una consulta vinculante al Consejo de Estado para que se pronunciara al respecto a fin de asegurarse de que era imposible mantener la denominación de Arquitecto para el título académico ( independientemente del profesional ).
El Consejo de Estado , en un razonamiento no excesivamente claro al menos en su exposición , concluye que no sería admisible en el caso de los Arquitectos y por tanto cierra la posibilidad de recuperar la denominación de Arquitecto como hoy la conocemos.
 
link  >  Infratítulos y Universidades privadas
link  >  La Ley Omnibus y los Arquitectos
link  >  Así estabamos en Mayo … preguntas, dudas y un futuro incierto para los Arquitectos